Tribunales

La maniobra de Pumpido contra los jueces en Europa "anularía" también al Supremo en su lucha contra la amnistía

Plantea pedir un informe a los letrados de la institución para ver si la Audiencia de Sevilla puede formular una cuestión prejudicial al TJUE

  • Los expresidentes Manuel Chaves (i) y José Antonio Griñán durante el juicio de los ERE. -

La última decisión de Cándido Conde-Pumpido está agravando todavía más la tensión que existe en el Tribunal Constitucional. El presidente ya está poniendo en marcha la maquinaria para intentar impedir que los tribunales españoles puedan presentar cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que pongan en tela de juicio a la Corte de Garantías. 

Según ha adelantado El Español, está sopesando solicitar a los letrados de la institución la elaboración de un informe para conocer si los jueces pueden cuestionar en Europa sus sentencias. Una propuesta que comentó el lunes en petit comité a los magistrados de la Sala Primera tras saber que la Audiencia Provincial de Sevilla acudirá al TJUE al considerar que los fallos emitidos por el tribunal de Pumpido con respecto a los ERE de Andalucía no eran compatibles con el Derecho de la Unión. Por ahora, ha pedido la documentación necesaria a este tribunal andaluz a través del letrado de la istración de justicia. 

Cabe recordar que las sentencias del TC sobre los ERE anularon los fallos condenatorios por delitos de malversación y/o prevaricación a los expresidentes de la Junta de Andalucía, Manuel Chaves y José Antonio Griñán, así como a otros cargos del PSOE andaluz. La mayoría progresista de la Corte de Garantías alegó que la Audiencia -y el Tribunal Supremo después- habían hecho una "interpretación y aplicación imprevisible del delito de prevaricación, prohibida por el derecho a la legalidad penal". 

Esto también afectaría a la ley de amnistía. Pues, si esta idea prosperara, se dejaría al Tribunal Supremo sin margen de actuación y no podría acudir al TJUE, explican diversas fuentes consultadas. No hay que olvidar que el pasado mes de julio los magistrados de la Sala de lo Penal plantearon una cuestión de inconstitucionalidad contra esta ley impulsada por los socialistas al considerar que el artículo 1 de la medida de gracia vulneraba el derecho a la igualdad y el principio de seguridad jurídica.

La Corte de Garantías tiene sobre la mesa, además de los 16 recursos de inconstitucionalidad promovidos por las Comunidades Autónomas gobernadas por el PP más el del Gobierno socialista de Emiliano García-Page en Castilla-La Mancha, cuatro cuestiones de inconstitucionalidad. La presentada por la Sala de lo Penal del Supremo y tres del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. 

Otras voces consultadas relatan que lo que se está intentando es impedir, bloquear u obstaculizar la jurisprudencia ordinaria y, por tanto, la posibilidad de que los jueces puedan defender su ámbito de independencia e interpretación. Por lo que impedir que un tribunal ordinario se dirija al TJUE para plantear una pregunta es contrario al Derecho de la Unión. "Pumpido se cree el dueño del Derecho en España", detalla esta fuente. 

Por su parte, el ministro de Justicia, Félix Bolaños, ha sostenido este martes en el Senado tras haber sido preguntado por los ERE que "no es ninguna extralimitación" que el Constitucional ampare a los ciudadanos.

Los jueces no están obligados a acatar una resolución del TC

Y aunque es la primera vez que un tribunal español decide cuestionar al TC ante Europa, lo cierto es que otros países esto ha ocurrido, se pueden contar hasta 10. La última sentencia que el TJUE emitió fue el 26 de septiembre de 2024 y en ella apuntaron que un órgano jurisdiccional nacional no está obligado a aplicar una resolución de su Tribunal Constitucional si infringe el Derecho de la Unión.

En este asunto concreto, un tribunal rumano decidió plantear un recurso ante la justicia europea tras verse obligado por una sentencia del TC a aplicar el principio de cosa juzgada. El caso surgió tras la muerte por electrocución de un trabajador, de modo que se iniciaron, por un lado, un procedimiento istrativo y, por otro, uno penal incoó por negligencia y homicidio imprudente contra el jefe de equipo.

El órgano jurisdiccional contencioso-istrativo que conocía del litigio concluyó que no se trataba de un «accidente de trabajo». Anuló las sanciones istrativas impuestas al empresario. Con arreglo a la normativa nacional, según la interpreta el Tribunal Constitucional rumano, esa resolución contencioso-istrativa impide que el órgano jurisdiccional penal pueda reconsiderar si el accidente es un «accidente de trabajo».

En este contexto, el Tribunal Superior de Brașov (Rumanía) pregunta al Tribunal de Justicia sobre la compatibilidad de dicha ley nacional, según la interpreta el Tribunal Constitucional, con el Derecho de la Unión relativo a la seguridad de los trabajadores.

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