La incertidumbre macrofinanciera alrededor de las medidas anunciadas por Donald Trump ha frenado operaciones corporativas en torno a los mercados de capitales, pero la situación podría cambiar a medio plazo a la luz de ciertos cambios regulatorios en marcha.
Así lo ponen de relieve desde fuentes jurídicas a partir de información que también trasladan fuentes del mercado cercanas a los reguladores y operadores bursátiles, la Comisión Nacional de los Mercados de Valores (CNMV) y Bolsas y Mercados Españoles.
La voluntad de estos es clara en la línea de flexibilizar los procesos de salida a bolsa en España ante el estancamiento actual y los desafíos financieros que plantea la nueva política aislacionista de Estados Unidos. La intención de los reguladores pasa por facilitar al menos el procedimiento para empresas que puedan alcanzar los 500 millones de capitalización bursátil.
Grandes despachos están empezando a posicionarse ante esa eventual recuperación del interés en distintos tipos de empresas e inversores por iniciar procesos de salida a bolsa
En esa línea, se está trabajando en habilitar una vía por la cual una sociedad podría sacar a cotizar sus acciones sin haber alcanzado el mínimo de capital flotante que se requiere actualmente. En este contexto, grandes despachos están empezando a posicionarse ante esa eventual recuperación del interés en distintos tipos de empresas e inversores por iniciar procesos de salida a bolsa.
Se apunta como posibles interesados a grupos de empresas familiares con importante fortuna pero sin ya margen de crecimiento por su propia cuenta y que puedan precisar una mayor visibilidad del mercado, fondos de capital riesgo que alberguen dudas sobre la forma de desinvertir en una participada o empresas emergentes de sectores como el tecnológico.
Hasta 18 meses de margen
Como parte del procedimiento simplificado, se daría hasta 18 meses al emisor para terminar de consumar la colocación, una alternativa que fuentes jurídicas especializadas en el segmento de las salidas a bolsa auguran que provocará que más empresas se interesen por iniciar estos procesos.
En definitiva, se trataría de que el regulador permita la isión a negociación de acciones de grandes compañías en las Bolsas de Valores, sin necesidad de una distribución previa de acciones al público. Todo ello, sí, condicionado a la aprobación de un folleto y la verificación del expediente de isión.
Las acciones comenzarían a cotizar en un segmento especial al que los inversores minoristas no podrían acceder, y la compañía quedaría sometida al régimen de obligaciones de las sociedades cotizadas. Pasado el tiempo de gracia, la sociedad debería llevar a cabo las actuaciones necesarias para cumplir con el requisito de colocación.
Las acciones comenzarían a cotizar en un segmento especial al que los inversores minoristas no podrían acceder, y la compañía quedaría sometida al régimen de obligaciones de las sociedades cotizadas
La sociedad emisora habrá de realizar finalmente una oferta pública o un proceso de colocación privada a través de un accelerated bookbuilding (ABO) aprovechando las ventanas de oportunidad del mercado. Actualmente, el umbral exigido de capital flotante es del 25%, aunque desde Europa se ha requerido a los estados para que reduzcan el nivel a un 10% antes de junio de 2026.
"Creemos que la CNMV facilitaría desde ya procesos con vistas a una colocación mínima del 10% y en 18 meses", señala Íñigo Berricano, socio de Capital Markets de Hogan Lovells. "Al final se trata de aligerar el proceso y de facilitar que puedas separar el momento de la isión de la oferta; antes, tenías que conjugar los dos momentos a la vez, con mayor umbral requerido, y eso podía complicar las cosas", añade Álvaro Albors, counsel de Corporate.
La realidad es que los reguladores podrían ya poner en práctica todo lo anterior "sin necesidad de una reforma legislativa", inciden desde Cuatrecasas."A estos efectos, conviene recordar que el art. 66.7 RD 814/2023 ya contempla que el requisito previo de difusión 'no será de aplicación cuando las acciones vayan a distribuirse al público a través de un mercado regulado y siempre que la CNMV considere que se realizará la distribución a corto plazo en dicho mercado'".