Tribunales

El Supremo rebaja ahora a 16 años la condena al asesino del rapero Isaac

El TSJM ya había reducido a 20 años la condena a prisión permanente revisable que le había impuesto la Audiencia Provincial de Madrid

  • María, abuela de Isaac, en un homenaje a su nieto. -

El Tribunal Supremo ha rebajado a 16 años de prisión la condena a David Bárcena, el joven que mató al rapero Isaac López en el túnel de la calle Comercio de Madrid en julio de 2021. La Audiencia Provincial de Madrid le había condenado en primera instancia a prisión permanente revisable y el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ya le rebajó la pena a 20 años de cárcel al no apreciar alevosía en el crimen. 

En su recurso de casación ante el Tribunal Supremo, la familia de Isaac, conocido en el mundo de la música como Little Kinki, había solicitado que se aplicase a Bárcena la prisión permanente revisable como autor de un delito de asesinato con alevosía. Sin embargo, el alto tribunal vuelve a rebajar la condena al entender ahora que "no puede aplicarse la agravante de organización criminal al delito de homicidio, ya que no está probada la vinculación de la pertenencia del autor a la banda de los Dominican Don't Play con la acción homicida". Además, la Sala Segunda del Supremo recalca que el TSJ de Madrid realizó una “motivación precisa y suficiente” sobre la improcedencia de considerar concurrente la alevosía.

Según los hechos probados, David Bárcena, acompañado de tres menores de edad que también fueron condenados por estos hechos, se cruzó de manera casual con Isaac y corrió detrás de él con la intención de enfrentarse al joven. Isaac se metió en el túnel de la calle Comercio y, una vez allí, quiso saltar la valla que separa la acera de la calzada para tratar de evitar a sus perseguidores, pero acabó tropezando y cayendo al suelo, momento en que fue alcanzado por el acusado y sus acompañantes. Bárcena, entonces, le clavó en la espalda hasta en cuatro ocasiones una navaja que llevaba consigo, causándole heridas que le provocaron la muerte de manera inmediata. Los hechos probados recogen que cuando ocurrió el crimen, David Bárcena era un miembro activo de la banda juvenil Dominican Don't Play (DDP) al participar activamente en las actividades del coro de Embajadores.

La familia de Isaac, a través del abogado Juan Manuel Medina, reclamaba en su recurso que se restableciera la condena a prisión permanente revisable por un delito de asesinato al considerar que concurría alevosía. Los magistrados lo rechazan al argumentar que “no hay atisbo alguno de arbitrariedad o irracionalidad en los argumentos empleados" por el TSJ de Madrid. El recurso de la familia consideraba que este tribunal no había valorado algunas pruebas que excluían una agresión cuando la víctima estaba en el suelo y totalmente indefensa y que esa omisión era relevante para la valoración de los hechos. No obstante, el alto tribunal explica que la resolución del TSJM fue "producto de unos criterios de valoración probatoria razonables y ajenos a criterios de pura arbitrariedad".

Sin agravante de organización criminal

Por su parte, el condenado reclamaba la retirada del agravante de organización criminal. La Sala le da la razón en este punto y aclara que para aplicar dicha agravación se precisa no sólo que el autor pertenezca a una organización o grupo, como en este caso, sino que el delito tenga alguna relación causal con las actividades del grupo. Por el contrario, la Sala sí confirma la agravante de abuso de superioridad al entender que se produjo "esa desproporción de fuerzas que limitó notablemente las posibilidades de defensa del fallecido".

Se da la circunstancia de que hace pocas semanas el menor de los cuatro condenados, que tenía 15 años en el momento del crimen, ha obtenido la semilibertad al pasar a un régimen semiabierto en el centro de menores en el que permanece apresado.


 

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