Comunidad Valenciana

La Generalitat pide personarse en el proceso de la dana que instruye la juez de Catarroja

La magistrada, por su parte, decide no tomar, de momento, declaraciones a alcaldes, concejales con competencias en emergencias y del Cecopi

  • España, Bernabé, Torres, Mazón y Pradas en el Cecopi -

La Generalitat Valenciana ha dado el paso ante el juzgado para personarse como responsable civil subsidiario en la causa que instruye la juez de Catarroja en régimen de exclusividad. El Gobierno valenciano, según ha podido constatar Vozpópuli, hace uso así del derecho que ampara a los entes públicos para responder civilmente de los delitos que presuntamente podrían haber cometido funcionarios públicos u otros agentes en el ejercicio de sus funciones.

La responsabilidad civil subsidiaria puede ser ejercida en el proceso penal cuando se ejercite la acción penal de forma conjunta a la acción civi. En este caso, como el que se refiere al análisis que la titular de instrucción 3 de Catarroja realiza de la gestión del día de la dana, el responsable civil subsidiario puede defenderse de una eventual condena civil.

El Gobierno valenciano que encabeza Carlos Mazón podrá, si se acepta finalmente su personación, analizar y recurrir como parte del proceso los pasos que está dando la juez de Catarroja durante la instrucción si considera, como ha expresado hasta la fecha, que alguna de las diligencias que está practicando no se ajustan a la versión que siempre ha defendido la istración autonómica.

Las fuentes consultadas por este medio en la istración autonómica aseguran que la personación en la causa se debe a que quiere estar presente desde el primer momento para "garantizar la defensa de los intereses de los valencianos", y porque hay dos exaltos cargos de la Generalitat Valenciana investigados, Salomé Pradas y Emilio Argüeso, y podrían derivarse llegado el caso "responsabilidades de tipo civil".

Recibir testimonio de Mazón

Esta petición del Ejecutivo autonómico coincide en el tiempo con seis nuevos autos que ha comunicado hoy la magistrada de Catarroja. En el primero ha denegado la solicitud de una acusación particular de recibir declaración como testigo al presidente de la Generalitat Valenciana, tal y como rechazó en una resolución anterior a la vista de las querellas y denuncias formuladas contra el jefe del Consell, “sin perjuicio de que él mismo pudiera solicitarlo, no como testigo, sino al amparo de las garantías propias a que se refiere el artículo 118 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal”.

También desestima la práctica de un reconocimiento aéreo de las zonas afectadas, así como tomar declaración en este momento procesal responsables de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias (AVSRE), de alcaldes y de concejales con competencias en emergencias y protección civil. La magistrada señala que resolverá sobre esa cuestión “a la vista de las declaraciones de víctimas y familiares”.

Respecto a la solicitud de declaración testifical de todos los que participaron, presencial o telemáticamente, en las reuniones del Cecopi, señala la imposibilidad en estos momentos de establecer “una programación de todos los señalamientos” ante la falta de un espacio concreto y estable para practicar las declaraciones en la Ciudad de la Justicia de Valencia. Sí que acuerda recibir declaración de dos peritos el próximo 9 de mayo.

Los teléfonos de Pradas y Argüeso

En un segundo auto inite la práctica de diversas diligencias solicitadas por la acusación popular de Acció Cultural del País Valencià, como la identificación de números de teléfonos utilizados por los dos investigados y los datos de llamadas de todos los teléfonos móviles de la Generalitat, ya que afectan al secreto de las comunicaciones que “solo puede llevarse a cabo con fundamento en la presunta comisión de delitos dolosos”, como establece el artículo 579.1 de la ley de Enjuiciamiento Criminal.

La magistrada ha desestimado en un tercer auto el recurso de reforma de Liberum contra el auto que itía la personación del PSOE como acusación popular previa prestación de fianza de 6.000 euros. En esta misma línea, en un cuarto auto sí ha itido la personación como acusación popular de un partido político denominado Valores previa consignación de una fianza por el mismo importe que han abonado el resto de acusaciones populares, 6.000 euros.

El quinto de los autos notificados hoy emplaza a la representación legal de un particular a manifestar si este último es familiar de alguno de los fallecidos o lesionados por la Dana para itir su personación como acusación particular, al tiempo que ite una prueba aportada en su escrito relativa a la suspensión de un acto de entrega de premios el 29 de octubre del pasado año.

La presa de Buseo

Por último, en un sexto auto, a petición de una acusación particular, acuerda oficiar a la Generalitat para que le remita datos relativos al embalse y la presa de Buseo, como en su día hizo con la de Forata. Finalmente, en una providencia, la magistrada ordena recabar informes forenses sobre lesiones, daños morales y secuelas psicológicas de diversos lesionados y familiares de fallecidos, y acuerda la citación de un testigo en una de las piezas de los fallecimientos.

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