La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) carga contra la fórmula diseñada por el Ministerio de Hacienda que dirige María Jesús Montero para condonar deuda a las CCAA. En su opinión, "una operación de condonación de deuda debe llevar aparejada una condicionalidad fiscal por un doble motivo: por los problemas de azar moral que rodean a este tipo de operaciones y por la necesidad de reforzar las garantías de cumplimiento de las reglas fiscales", señala en un comunicado difundido este jueves.
La AIReF argumenta que ha podido comprobar que la obligación de cumplir con los objetivos fiscales establecida tanto en la normativa nacional como en la normativa europea no es garantía suficiente. En el año 2024 estaba plenamente en vigor el marco fiscal nacional en el que existe una regla que no requiere de su aprobación en el Parlamento nacional. Se refiere a la regla de gasto por la cual las istraciones Públicas no podrán aumentarlo por encima del crecimiento potencial de la economía de medio plazo que, para 2024, era del 2,6%.
Sin embargo, en el plan fiscal estructural de medio plazo, que se presentó el pasado mes de octubre, se reconoce ya que el crecimiento del gasto computable a efectos de esta regla habría sido del 5,3%. "Si miramos el crecimiento en el ámbito autonómico, los cálculos de la AIReF señalan que el crecimiento podría estar en el entorno del 7% con comunidades autónomas cuyo gasto habría crecido a nivel de 2 dígitos", apunta la autoridad fiscal que preside Cristina Herrero.
En este sentido, apunta que "no está de más reforzar el cumplimiento de las reglas fiscales con una condicionalidad fiscal asociada al proceso de condonación de deuda toda vez que, además, el fondo de liquidez autonómico no desaparece, de manera que se seguirían financiando a través de él tanto los déficits registrados en el ejercicio como los excesos de déficit generados en años anteriores". Por tanto, concluye, "no tiene sentido hacer una condonación de deuda si no se garantiza que no se va a seguir acumulando deuda a futuro por encima de lo que permiten las reglas fiscales".
El gasto, la variable "clave"
La AIReF destaca que hay otro aspecto que también resulta importante en este proceso de consolidación de la deuda y es el tratamiento que en contabilidad nacional tienen este tipo de operaciones. Explica que la contrapartida de una condonación de deuda es una transferencia de capital que va, en este caso, del Estado a las Comunidades Autónomas. Esto implica que, en el año de la condonación, se producirá un aumento de los ingresos de las Comunidades Autónomas y un aumento del gasto del Estado por importe de 83.000 millones.
"La naturaleza de la transferencia afectaría al cálculo de la regla de gasto de la istración Central que podría ver restringida su capacidad de gasto en 83.000 millones en el año de la condonación", apunta. Por el lado autonómico, considera que sería necesario romper con la tradicional primacía que el objetivo de déficit tiene en la práctica, a pesar de no contar con respaldo normativo. Tenemos reciente el año 2024, en el que unos ingresos excepcionalmente elevados, derivados de la mecánica del sistema de financiación, ha propiciado un incumplimiento generalizado de la regla de gasto en este ámbito, según las estimaciones de AIReF.
Sobre la idea de Hacienda de tener en cuenta las subidas de IRPF como aproximación del esfuerzo realizado por las comunidades, lo considera "un enfoque muy parcial"
En este sentido, apunta que "es necesario limitar el uso del incremento de los ingresos autonómicos en el año de la condonación, lo que podría realizarse a través, precisamente, de la condicionalidad fiscal que debe acompañar al proceso de condonación". Sobre la forma de hacerlo, señala que la condicionalidad fiscal exigible debería tener en cuenta la posición de partida de cada comunidad, así como su posición relativa respecto a un sistema de financiación cuya reforma todavía no se ha resuelto.
Finalmente, sobre la idea de Hacienda de tener en cuenta las subidas de IRPF como aproximación del esfuerzo realizado por las comunidades, lo considera "un enfoque muy parcial" y señala que la variable que mejor refleja este esfuerzo sería, precisamente, el gasto computable puesto que el esfuerzo puede venir tanto por el lado del gasto como por el lado de los ingresos. El hecho de que el gasto computable se defina como gasto neto de medidas ingreso permitiría tener en cuenta ambas opciones.
MataNarcisos
27/02/2025 19:27
Señores de la AIRef, siento decírselo pero no tienen ustedes ni idea de que va el tema… ¿Que mas dará que desde un punto de vista Técnico-Fiscal, no tenga sentido la “Mudanza” de Deuda?. Si por contrario la tiene para hacer la pantomima de los cubiletes de los TRILEROS, para engañar...o intentarlo con quienes les votan, (a los otros ya nos dejaron por imposibles), y que el resultado de mover esos cubiletes de manera rápida, hace que el PARDILLO, no sepa donde estará la bolita pagadora, y por ello él ( el pardillo) crea que si dará con el cubilete contenedor de la “bolita”, acabando al final DESPLUMADO, pagando hasta el Palacete de Puigdemont, y por ello de paso el otro Palacio (motivo único y primordial) del Felón. ¿Deuda?, ¿Autonomía?, ¿Techo de gasto?, ¿Principio de Justicia? .......SE LO PASAN POR EL ARCO DEL TRIUNFO.