Febrero trae cambios en las nóminas de muchos trabajadores en España, impulsados por la reciente subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) aprobada por el Gobierno. Este incremento, resultado de extensas discusiones entre sindicatos y el Ministerio de Trabajo liderado por Yolanda Díaz, ya es oficial tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) mediante el Real Decreto 87/2025.
El aumento del SMI implica que los trabajadores que perciben este salario mínimo experimentarán un incremento de 50 euros mensuales, elevando el SMI a 1.184 euros al mes, distribuidos en 14 pagas. En total, se estima que unos 2,4 millones de trabajadores se beneficiarán de esta medida, con un impacto especialmente notable en mujeres (15,6%) y jóvenes de entre 16 y 34 años (17,2%).
Además de este aumento salarial, los trabajadores también recibirán en febrero el pago de los atrasos correspondientes al mes de enero, dado que la aplicación de la norma tiene carácter retroactivo desde el 1 de enero. Este pago adicional ascenderá a unos 58 euros.
¿A quiénes beneficia este incremento?
El Real Decreto 87/2025 no solo afecta a los empleados con el SMI, sino también a trabajadores eventuales, temporeros y empleados del hogar. Para estos últimos, se establece un salario mínimo de 9,26 euros por hora efectivamente trabajada, superando los 8,87 euros del año anterior.
Es importante tener en cuenta que, tras este incremento, algunos receptores del salario mínimo podrían estar obligados a tributar en la declaración de la Renta, especialmente aquellos que perciban ingresos de más de un pagador.
Finalmente, hay que tener en cuenta que el Salario Mínimo Interprofesional se refiere al salario bruto. Los 1.184 euros mensuales en 14 pagas representan el total de devengos de la nómina. En caso de estar prorrateadas las pagas extras, serán 1.381 euros brutos al mes repartidos en 12 pagas.