Tribunales

La Audiencia de Madrid archiva la causa contra Nacho Cano: "No han introducido a mexicanos de forma clandestina"

Los magistrados dan carpetazo al asunto y consideran que la entrada de los becarios se hizo de forma legal

La Audiencia Provincial de Madrid ha archivado provisionalmente la causa contra el músico Nacho Cano por la situación de los becarios en el 'caso Malinche' que se seguía en el Juzgado de Instrucción Nº19 de Madrid. Los magistrados de la Sección Primera entienden que los investigados, a los que se les estima parcialmente el recurso,  “no han tratado de introducir a los ciudadanos mexicanos de forma clandestina con una presunta entrada como turistas con la intención de permanecer en España con infracción de las normas de extranjería".

Para el tribunal, el cantante y los directivos del musical llevaron a cabo un procedimiento "no poco común consistente en entrar como turistas sin necesidad de visado y, una vez en nuestro país, solicitar el visado para estudiantes". Una práctica que, según detallan en el auto consultado por Vozpópuli, es asumida por la normativa de la Unión Europea.

En este sentido, la Sala establece que “no se trata de falsear su entrada en España para una permanencia ilegal, pues el propósito era conseguir el permiso necesario que, si bien fue denegado, la razón no fue por dicha entrada. El procedimiento puede ser o no el adecuado". Destacan que el procedimiento puede no ser adecuado pero que no se integra en el artículo 318 bis del Código Penal, que hace referencia al tráfico ilegal de personas.

En un auto con fecha de 11 de abril la Audiencia de Madrid da carpetazo al asunto en 10 folios y corrigen lo dictado por el Juzgado de Instrucción número 19 de Madrid en las Diligencias Previas 2001/2024.  Sin embargo, la Audiencia ha tomado la decisión de archivarlo de forma provisional por "si aparecieran nuevos datos que obliguen a la reapertura de la causa lo cual no sería posible en el primer caso al tener el valor de cosa juzgada".

 

Asimismo, el documento señala que actualmente "se desprende una falta de indicios razonables de comisión de un delito contra los derechos de los trabajadores y de los extranjeros, con independencia de que cumplan, o no, los requisitos istrativos a valorar en otra jurisdicción, la cual es ya entrar casi en una investigación prospectiva que no corresponde a este juzgado". 

 

 

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