La juez que instruye la causa sobre las responsabilidades de los 228 fallecimientos durante la DANA considera que los dos investigados, la exconsellera de Emergencias, Salomé Pradas, y el exsecretario autonómico del mismo departamento, Emilio Argüeso, incurrireron en una "manifiesta pasividad" aquel día. La titular de Instrucción 3 de Catarroja considera en un auto conocido hoy que los dos investigados tenían información y "todo ello convierte en más grosera la negligencia atribuible a quienes ostentan la condición de investigados, oscilando entre un desconocimiento difícilmente justificable respecto de las posibles decisiones a adoptar por la consellera, o las herramientas a utilizar como el sistema ES-Alert".
Para la juez "en todo momento hubo un control de la decisión de mandar la alerta a la población" por parte de Salomé Pradas y "que la decisión sólo podía llevarse a cabo si la misma contaba con la autorización de quien era consellera, que el mando de la emergencia le correspondía a dicha investigada, de lo que es buena prueba que la alerta debía contar con su visto bueno".
También abunda en este extremo assegurando que "los del Cecopi no estaban aislados del mundo exterior, que manejaban teléfonos, que entraban y salían de la sala, que se comunicaban con otras autoridades, que se decidió dejar fuera de la reunión del Cecopi a otros con unas razones todavía no explicables, justificado en la absurda expresión de trabajo exclusivamente presencial".
Falta de información
La calificación de "absurda" la justifica la juez Nuria Ruiz Tobarra porque "es incompatible quejarse de la falta de información y decisión por otras personas y al mismo tiempo excluir de la reunión a quien supuestamente había de proporcionarla y decidir por uno mismo".
La juez entiende que "la atribución de un resultado mortal de tal gravedad por un total de 228 fallecidos, no puede sustentarse exclusivamente en la integración de la estructura istrativa autonómica".
Y en relación a la petición de que el presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar, Miguel Polo, sea citado como investigado, en vez de testigo, la juez lo rechaza, de nuevo, como ha hecho a solicitud de otras partes.
A vueltas con el SAIH
En este caso la negativa es a la Asociación de Damnificados DANA Horta Sud al considerar que la falta de información "sobre la evolución del caudal del barranco del Poyo resulta desmentida por la remisión de correos del SAIH, así como por la posibilidad de al mismo, por lo que de forma paralela no procede atribuir responsabilidad penal al presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar, ni a prácticamente todos los cargos directivos, o no, de dicho organismo"
Y reitera que "más allá de la remisión de correos electrónicos entre las 16:13 horas y las 18:43 horas que informaran sobre el caudal" (aunque las declaraciones efectuadas hasta la fecha han demostrado que no llegaron al Cecopi) "ha de atenderse a la información que se proporcionaba por el SAIH" con informaciones cada cinco minutos –que a las 19:20 horas mostraban un caudal de 1.941 metros cúbicos por segundo– y a cuya aplicación tenía el Centro de Coordinación de Emergencias.
Anticorrupción
08/05/2025 22:19
Otra que querrá una cartera ministerial.
c.precast
09/05/2025 10:38
¿es normal que la juez que hace la instrucción califique así a los investigados?, ¿no será que esa señora y su marido son juez... y parte?, bueno, que Pedro les ha pedido que caldeen el ambiente...